La medida va acompañada con algunas restricciones que permitirán proteger la integridad de la víctima.
Luego de escuchar a la representante de la Fiscalía y al abogado defensor del capturado, el juez 16 penal municipal con funciones de control de garantías, David Hassan Saade, determinó que, teniendo en cuenta que hay inferencia razonable en el caso de maltrato intrafamiliar del que se acusa a David Gutiérrez Roncancio, es pertinente privar de la libertad al indiciado por lo cual impone detención domiciliaria.
El hecho de violencia se remonta al pasado 23 de febrero cuando, Gutiérrez Roncacio, en un ataque de celos, luego de ver una conversación por watsapp que sostenía su pareja, agredió físicamente a María Alejandra Galán, a quien le dio patadas, puños y un golpe en el oído que provocó sangrado.
Para el juez, muy a pesar de que la fiscalía tuvo falencias en la recopilación y sustentación de pruebas, consideró necesario privar de la libertad a Gutiérrez Roncacio para proteger la integridad de su expareja.
El togado además impuso unas medidas de protección entre las que están: la no comunicación verbal, telefónica o videográfica del agresor ni su familia con la víctima; afirmó que toda comunicación debe hacerse a través de su abogado.
Adicional a ello el Juez manifestó que los costos de orientación médica, Psicológica y Psíquica que requiera la víctima deben ser asumidos por el victimario.
Agresor intentó persuadir a su victima
Antes de iniciar la audiencia de medida de aseguramiento, el señor David Gutierrez Roncacio se acercó a su excompañera sentimental para intentar persuadirla de conciliar, pero esta y su madre se negaron a llegar a un acuerdo y manifestaron al hombre y a los familiares de este, que intentaron mediar en el caso, que la una comunicación con ella debía ser a través de su abogado.