Destituyen e inhabilitan por 15 años y un mes al exalcalde (E) de Manaure, La Guajira, Randall Hoyos Van Grieken

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La contratación pretendía beneficiar a familias indígenas de nueve corregimientos donde, según la administración municipal, “se registraron muertes maternas e infantiles en los años 2012, 2013, 2014 y 2015”

La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 15 años y un mes al exalcalde (E) de Manaure, La Guajira, Randall Paterson Hoyos Van Grieken, por irregularidades en un contrato interadministrativo suscrito con la Institución Prestadora de Servicios de Salud Indígena (IPSI) Sol Wayúu, por valor de $8.000 millones.

El exmandatario contrató a la IPSI para proveer, además de atención en salud a la población wayúu, paquetes de alimentación a familias indígenas vulnerables, medicamentos, camisetas, folletos y publicidad por $4.000 millones de pesos, que corresponden al 50 % del valor total del Contrato Interadministrativo 005 del 24 de junio de 2015, cuando dicha entidad no tenía la capacidad para ello, pues su objeto era únicamente la prestación de servicios de salud. 
El Ministerio Público estableció que el contratista no acreditó la experiencia específica ni la capacidad para garantizar el suministro de 10.000 mercados y agua potable durante cinco meses a 2.000 familias indígenas “ubicadas en los corregimientos de: Aremasin, El Pájaro, Mayapo, San Antonio, Shiruria, La Paz, La Gloria, Musichi y Manzana, comunidades donde, según el estudio previo con el cual la administración soportó la contratación cuestionada, se registraron muertes maternas e infantiles en los años 2012, 2013, 2014 y 2015”.  
 
Las pruebas demuestran que la IPSI Sol Wayúu tuvo que solicitar la suspensión del negocio jurídico para buscar un intermediario que le suministrara los mercados contratados por el municipio de Manaure con el fin de “salvaguardar la vida y salud de los niños y niñas y mujeres gestantes wayúu en virtud del riesgo de muerte por procesos de desnutrición”.
La falta disciplinaria cometida por Hoyos Van Grieken fue calificada como gravísima a título de culpa gravísima, pues al suscribir el cuestionado contrato desconoció los principios de transparencia, selección objetiva y responsabilidad de la contratación estatal. 
El fallo se encuentra en firme debido a que el disciplinado no presentó recurso de apelación dentro del término establecido.
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