El Consejo de Estado colombiano emitió un fallo histórico que ampara el derecho fundamental a la información tras las acciones de tutela presentadas en contra del Presidente de la República y la Presidencia de la República por el uso excesivo e inadecuado de la figura de la alocución presidencial en los canales públicos y privados de televisión.
La sentencia establece que la transmisión de alocuciones presidenciales debe atender criterios estrictos de justificación, excepcionalidad, temporalidad y tematicidad, para evitar la monopolización del debate público y proteger el pluralismo informativo. Se indica que dichas intervenciones deben reservarse únicamente para circunstancias urgentes y de verdadera trascendencia pública, limitando su recurrencia y duración para no interferir con la programación regular ni restringir la pluralidad de fuentes de información para los ciudadanos.
El fallo además ordena que la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) deberá supervisar y verificar el cumplimiento de estos criterios en cada intervención del Presidente, impidiendo aquellas que no se ajusten a los parámetros establecidos. La CRC deberá informar públicamente sobre esta supervisión en los dos días siguientes a cada alocución presidencial.
Esta decisión busca garantizar un equilibrio entre el derecho del jefe de Estado a informar sobre asuntos públicos y el derecho de la ciudadanía a acceder a información diversa, veraz y oportuna, salvaguardando así los valores democráticos y evitando el abuso en el uso de medios audiovisuales públicos y privados para fines políticos o personales.
La Sala también ordena que antes del 31 de diciembre de 2025, la CRC establezca un marco regulatorio que asegure el pluralismo informativo de los canales televisivos, complementando así el control sobre la figura de la alocución presidencial.
Este fallo reafirma que en un Estado Social de Derecho, no existen poderes ilimitados y que la autoridad pública debe ejercer sus funciones de manera razonable y proporcional, garantizando la protección efectiva de los derechos fundamentales de todos los ciudadanos.








