La SIC le da la razón a Luna del Río y rechaza oposición de Samuel Tcherassi por registro de marca

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La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) resolvió a favor de la marca Luna del Río, al considerar infundada la oposición presentada por el empresario Samuel David Tcherassi Solano, quien buscaba impedir el registro del signo distintivo para servicios de entretenimiento y parques de atracciones.


La decisión pone fin a una disputa marcaria en la que Tcherassi argumentaba que Luna del Río presentaba similitudes ortográficas, fonéticas y conceptuales con varias de sus marcas previamente registradas, entre ellas Luna, Luna Park y Luna de Barranquilla, todas inscritas en la clase 41 de la Clasificación Internacional de Niza.

Según el empresario, el uso del nuevo signo podía inducir a error a los consumidores, haciéndoles creer que los servicios ofrecidos provenían del mismo origen empresarial o que existía una relación entre las marcas.

Sin embargo, tras analizar el caso, la Dirección de Signos Distintivos de la SIC concluyó que no se configuraban los elementos necesarios para negar el registro. La entidad determinó que Luna del Río incorpora características gráficas, tipográficas y denominativas propias que le otorgan una identidad suficiente para diferenciarse de las marcas invocadas en la oposición.

La Superintendencia también señaló que la expresión «Luna» es un término de uso común dentro del ámbito marcario y que, por sí sola, no puede ser apropiada de manera exclusiva para impedir que otros titulares la utilicen en signos con elementos distintivos propios.

En esa misma línea se pronunció Carlos Eduardo Guzmán, director de Marcas Internacionales de la firma Senior & Senior Abogados, quien explicó que la palabra «Luna» aparece en numerosas marcas registradas para identificar servicios similares, razón por la cual su utilización no puede prohibirse cuando el conjunto marcario cuenta con suficientes elementos diferenciadores.

Con base en estas consideraciones, la SIC declaró infundada la oposición presentada por Samuel David Tcherassi y concedió el registro de la marca Luna del Río, habilitándola para identificar servicios de entretenimiento y parques de atracciones en la clase 41.

La decisión reafirma el criterio de la autoridad en materia de propiedad industrial de que la protección marcaria recae sobre el conjunto distintivo del signo y no sobre palabras de uso común cuando estas carecen de exclusividad suficiente para restringir nuevos registros.

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