“No podemos vulnerar los derechos de los habitantes de calle”, Santiago Vásquez

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Sobre el video que circula en redes sociales y medios de comunicación, en el que se observa a dos habitantes de calle sosteniendo relaciones sexuales en el Centro de la ciudad, puntualmente en la zona del Paseo Bolívar, la Alcaldía de Barranquilla se permite informar que:

La política pública de los habitantes de calle restablece, restituye y garantiza los derechos de esta población a través de la atención integral, inclusión y resocialización, como lo establece la Ley 1641 del 2013.

Basados en esta Ley, y a través de los proyectos liderados por la Administración distrital, tales como el Hogar de Paso, Centro de Atención Día y Centro de Acogida Noche, se busca proteger, promocionar y restablecer los derechos de los ciudadanos en habitanza de calle y en riesgo externo.

Con esta oferta, los habitantes de calle acceden a albergue, alimentación, atención en salud, acompañamiento psicosocial, educación, dormitorios y servicios públicos básicos, entre otras ofertas que varían según el programa.

La Corte Constitucional ha sido clara frente a proteger a esta población en condición de vulnerabilidad.

Los contactos activos sensibilizan a esta población para que lleguen a los servicios ofrecidos por la Administración distrital, lo cual deben hacer de manera voluntaria y no obligatoria.

Cabe destacar que la habitanza en calle no es una problemática, sino un fenómeno social urbano multicausal.

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