Intervención de Comfamiliar Atlántico: Superintendencia remueve directivas y desata conflicto jurídico

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La Superintendencia del Subsidio Familiar ordenó la intervención total de Comfamiliar Atlántico y removió a su director, Herber Mantilla. La entidad denuncia violación al debido proceso.


La Caja de Compensación Familiar del Atlántico rechaza la medida impuesta mediante la Resolución No. 0527, alertando sobre presuntas violaciones al debido proceso y desconociendo suspensiones previas dictadas por el Consejo de Estado.

En una sorpresiva acción institucional que sacude el panorama corporativo y de la seguridad social en el departamento del Atlántico, funcionarios de la Superintendencia del Subsidio Familiar ingresaron de manera intempestiva la tarde de este lunes 6 de julio de 2026 a las instalaciones de Comfamiliar Atlántico en Barranquilla. La comitiva oficial, que arribó aproximadamente a las 5:00 p. m., notificó formalmente la ejecución de la Resolución No. 0527, mediante la cual se ordena la intervención administrativa total de la entidad.

La drástica medida del ente de control nacional no solo implica la toma inmediata de la operación de la caja de compensación, sino también la remoción fulminante de su actual Director Administrativo, Herber Mantilla, así como de la totalidad de los integrantes del Consejo Directivo de la organización.

Cuestionamientos legales y un inminente «choque de trenes»

A través de un pronunciamiento oficial emitido pocas horas después del procedimiento, la directiva de Comfamiliar Atlántico manifestó su «profunda preocupación» ante la forma en que se adelantó el operativo por parte del Gobierno central. El equipo jurídico de la Caja calificó el acto administrativo como arbitrario y anunció una robusta estrategia de defensa legal orientada a controvertir la resolución.

Entre los principales argumentos expuestos por la defensa institucional se destacan dos ejes críticos:

1. Desatención al Consejo de Estado: Según la entidad territorial, la resolución de la Superintendencia produce efectos ignorando de manera flagrante la suspensión que previamente había ordenado el Consejo de Estado sobre el artículo 97 del Decreto 341 de 1988, situación que consideran un claro objeto de control judicial.

2. Ausencia de garantías constitucionales: Se argumenta que el acto administrativo invocó disposiciones de carácter sancionatorio de manera directa, sin que previamente se hubiese adelantado un debido proceso formal que garantizara plenamente los derechos constitucionales a la defensa y a la contradicción.

Para Comfamiliar Atlántico, resulta indispensable que estas actuaciones sean revisadas de forma urgente por las autoridades competentes bajo el marco constitucional y legal vigente. Aseguran que ejercerán de manera objetiva e incisiva todos los recursos y acciones que la ley les otorga para salvaguardar la institucionalidad.

Compromiso con afiliados, empresas y trabajadores

A pesar del fuerte impacto corporativo que reviste una intervención de esta naturaleza, la organización envió un mensaje de tranquilidad a las empresas afiliadas, trabajadores y beneficiarios que dependen de sus servicios prestados en la región del Caribe.

«Reiteramos nuestro compromiso con los trabajadores, las empresas afiliadas, los beneficiarios y las familias del Atlántico, quienes durante más de siete décadas han confiado en esta institución», reza el comunicado divulgado. Los voceros enfatizaron que la prioridad absoluta seguirá siendo proteger la transparencia y la misión social que caracteriza a la Caja en el norte del país, e informaron que toda la información subsiguiente será transmitida de forma oportuna a través de sus canales oficiales de comunicación.

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